Etiquetas fiscales

CIRCULAR: 2019/17
FECHA: 30/04/2019
ASUNTO: ORDEN HAC/484/2019, DE 9 DE ABRIL, SOBRE MARCAS FISCALES PREVISTAS PARA CIGARRILLOS Y PICADURA PARA LIAR

Estimados/as compañeros/as:


Con motivo de la próxima entrada en vigor de las obligaciones en materia de trazabilidad de los productos del tabaco en España, en el día de hoy se ha publicado en el BOE, la Orden HAC/484/2019, de 9 de abril, por la que se aprueban las normas de desarrollo de lo dispuesto en el artículo 26 sobre marcas fiscales previstas para cigarrillos y picadura para liar, del Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio.
La Orden HAC permite la inclusión de la Medida de Seguridad a la que obliga la Directiva 2014/40/UE en las Marcas Fiscales de los productos del tabaco y designa a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre como suministradora oficial de dichos elementos a incluir en las marcas fiscales de tabaco.

Como ya conocéis, todos los cigarrillos y la picadura para liar que se fabriquen a partir del 20 de mayo de 2019, estarán sujetos a las nuevas obligaciones en materia de trazabilidad, siendo obligatorios estos nuevos sistemas para el resto de productos del tabaco a partir del 20 de mayo de 2024.

Las nuevas Marcas Fiscales con la Medida de Seguridad incluida, deberán estar adheridas a los envases de cigarrillos y picadura para liar que se fabriquen en España a partir del 20 de mayo de 2019.

En archivo adjunto os hacemos llegar para vuestra información el texto completo de la Orden HAC/484/2019, la cual también incluye importantes novedades en cuanto a las marcas fiscales de los productos comercializados en Duty Free, buques y aeronaves, así como las nuevas obligaciones para los titulares de establecimientos receptores de marcas fiscales.